Entra en vigencia la reforma de la CDMX para permitir que los cónyuges violentos abandonen sus hogares y paguen los servicios

Desde este martes, diversas reformas del Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en la Ciudad de México, entre los que destaca que cuando una mujer es atacada en casa para su compañero, tendrá que salir de casa, pero será responsable de pagar los servicios y no podrás vender la casa.

En este sentido, en el inciso III del artículo 63, se dispuso que el agresor tiene la obligación de hacerse cargo del mantenimiento o el pago de los servicios de la vivienda.

«Se debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a los bienes o posesiones que existían anteriormente o el apoyo que se les brinde».

También estaba prohibido que el el agresor puede vender o beneficiarse de los bienes de la sociedad conyugal o las que se encuentren en el domicilio común en caso de convivencia o sociedad de convivencia, siendo nulas las que se realicen por el agresor en violación de la ley.

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Terapia de rehabilitación y reinserción social de agresores

Por otro lado, las modificaciones al artículo 24 establecen que las acciones y medidas de rehabilitación y reintegración social del agresor violencia sexual; siempre que exista un modelo de abordaje psicoterapéutico debidamente probado en sus ventajas y alcances y supervisado por la Secretaría de la Mujer.

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Además, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en coordinación con la Secretaría de la Mujer de la Ciudad de México y la Fiscalía, deben facilitar los trámites para que la mujeres víctimas de violencia obtener vivienda asequible y / o crédito para la compra o mejora de la vivienda. Este programa debe tener en cuenta las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentran las mujeres víctimas.

“Artículo 43. Los jefes de dependencias, órganos, entidades de la Ciudad y los alcaldes que integran el Gabinete para la Igualdad Material y Violencia contra la Mujer se reunirán periódicamente para evaluar el cumplimiento de los objetivos del esta ley ”, indica Esto.

Cabe señalar que las modificaciones realizadas al artículo 50 Ter mencionan que la Refugios especializados Estarán a cargo de la Procuraduría General de la Ciudad, que deberá incluir los recursos necesarios para su funcionamiento en su proyecto de presupuesto de gastos de la Ciudad para cada año fiscal.

Los cambios realizados a la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en la Ciudad de México fueron aprobado por el Congreso local el 10 de noviembre y este martes entraron en vigor. El jefe de gobierno tendrá un plazo máximo de 120 días hábiles para completar las reformas regulatorias necesarios para la aplicación de este decreto.

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lr / rdmd

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